MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN COLOMBIA
PLEBISCITO: El plebiscito es uno de los mecanismos de participación que brinda la Constitución para que los ciudadanos colombianos participen en las decisiones políticas que los afectan.Únicamente el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, puede convocar al pueblo para que se pronuncie en torno a decisiones del Ejecutivo. Estas tienen que ver con la conformación, ejercicio y control del poder político en el país. Además, también está prevista la toma de decisiones respecto a lo establecido en el artículo 150, numeral 16, de la Constitución Política de 1991, el cual reza así: "Aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional. Por medio de dichos tratados podrá el Estado, sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, transferir parcialmente determinadas atribuciones a organismos internacionales, que tengan por objeto promover o consolidar la integración económica con otros Estados"
REFERENDO: El referendo es un mecanismo de participación ciudadana que, en Colombia, está regulado por la Ley 134 de 1994. El artículo 3 de esta ley define referendo como la "convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente". Este mecanismo de participación ciudadana se puede llevar a cabo en diferentes escalas, puede ser a nivel nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
El propósito de un referendo consiste en que los proyectos de interés para la comunidad sean autorizados y ejecutados; es decir, el referendo es una instancia a la que el pueblo puede acudir en caso de que la corporación encargada de aprobar la ley no la acepte o simplemente deje vencer el plazo para discutirla y aprobarla.
Referendo revocatorio, la finalidad de este referendo es derogar una norma que haya sido sancionada o vigente, en otras palabras tumbar una ley que esté vigente. Para que se lleve a cabo el referendo revocatorio en el art 170 de la CP dice: “Un número de ciudadanos equivalente a la décima parte del censo electoral, podrá solicitar ante la organización electoral la convocación de un referendo para la derogación de una ley”.
CONSULTA POPULAR:es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para que decida acerca de algún aspecto de vital importancia. La consulta popular puede ser tanto nacional como departamental, municipal, distrital o local.
INICIATIVA POPULAR LEGISLATIVA: es un mecanismo de democracia semidirecta; se trata de la posibilidad amparada en la Constitución, de que las personas puedan presentar iniciativas de ley, sin ser representantes populares en sus respectivos congresos; dichas iniciativas de ley, deberán estar avaladas por una cantidad de firmas, para que se puedan tomar en cuenta por su respectiva cámara legislativa. Dichas iniciativas pueden versar sobre asuntos públicos, como puede ser una reforma de un estatuto o una ley, o incluso una enmienda constitucional.
La iniciativa puede ser directa o indirecta. Si es directa, la presentación de la iniciativa desemboca en un referéndum para aprobarla o rechazarla. En el caso de las iniciativas indirectas, la petición es tomada en consideración por el legislativo, quien decide si se convoca o no el correspondiente referendo.
REVOCATORIA DEL MANDATO: Este mecanismo de participación ciudadana consiste en el derecho político que tienen todos los colombianos, por medio del cual dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
Un grupo de ciudadanos, en número no inferior al 40% de los votos que obtuvo el gobernador o el alcalde, según el caso, solicita ante la Registraduría Nacional del Estado Civil que convoque a votaciones para revocar el mandato del funcionario, mediante un formulario de firmas que además contiene las razones que fundamentan la revocatoria.
CABILDO ABIERTO: Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
Un número no inferior al cinco por mil del censo electoral del municipio, distrito, localidad, comuna o corregimiento, según el caso, podrán presentar ante la secretaría de la respectiva corporación la solicitud razonada para que sea discutido un asunto en cabildo abierto, con no menos de quince días de anticipación a la fecha de iniciación del período de sesiones.
EL VOTO: es un mecanismo de participación o una herramienta donde el ciudadano elige a la persona acorde para su representación en la rama ejecutiva e legislativa, en otras palabras es el derecho que tiene la persona de escoger su gobierno de orden nacional, territorial u local y el congreso de la república (corporaciones públicas) para un periodo de 4 años cada uno. Se debe tener en cuenta, las elecciones de presidente es distinta a las elecciones de alcaldes como también con los de senado y cámara (presidente, cámara de representantes, senado, alcaldías, gobernaciones, concejos distritales y municipales). Las personas que participan en las votaciones se les denomina sufragantes.
VOTO EN BLANCO: De acuerdo con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional, que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 (Reforma Política), el voto en blanco es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos” y agrega que “el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular”.
ACCIÓN DE TUTELA: es un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales, aún aquellos que no se encuentren consagrados en la constitución, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. El fallo que se produce de esta acción es de inmediato cumplimiento. Se encuentra consagrada en el Art. 86 CN y ha sido reglamentada por los decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382 de 2000.
VEEDURIA: mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.
CONCLUSIÓN
Podríamos concluir que nos ayuda a tener un
mejor desempeño en el campo político, ya que crea la ampliación del espacio
para la opinión ciudadana en distintas partes de la gestión pública, la cual
nos perjudica cada vez, al no hacer uso de este derecho que tenemos de estar en
un continuo control del sector, ya que se pueden evidenciar los problemas tan
graves de corrupción, esto se va sumando a lo económico pues en la historia de
Colombia no se había visto una tasa tan alta de corrupción en los políticos,
esto nos afecta a todos y como vemos, nadie hace uso de esta participación
ciudadana para parar con esta hueco económico que está acabando con todos los
recursos, y nuestros impuestos mal gastados; y esto sigue la cadena con la
evolución social que nos arrebatan pues al no tener ningún tipo de control, es
poco lo que se pueda hacer para reorganizar todo este sistema social, que ve
como las personas que llevan el mando del país lo desangran, como vemos estos
tres parámetros se van unificando y uno que este mal va perjudicando a los
siguientes.
Teniendo en cuenta la investigación realizada
sobre la participación ciudadana en Colombia, basta con dar un simple vistazo
para verificar, que un gran promedio de los ciudadanos no sabe o no conoce la
gran cantidad de participación que tenemos como individuos que pertenecemos a
esta democracia, si solo los ciudadanos se dieran cuenta de todo lo que hay en
juego tendría un valor mayor, la falta de información hace que para todos sea
algo normal o que simplemente no existe, cuando hablamos de todos los
mecanismos de participación ciudadana nos damos cuenta que lo que hay en juego
es mucho más que un voto, el cual es el más conocido y en muchas ocasiones no
lo damos con la suficiente cautela, si supiéramos la importancia que esto
genera en el campo económico, social o político seriamos más precavidos .
https://www.registraduria.gov.co/Estos-son-los-mecanismos-de.html


